GOMEZ OREA, D.
Datos técnicos
EL BOE del 29 de abril de 2006 publicó la Ley 9/2006 sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la denominada Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), importante instrumento preventivo de gestión ambiental, que viene a superar las limitaciones y deficiencias del enfoque proyecto a proyecto propio de la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). El espíritu de la EAE consiste en integrar primero el medio ambiente en el proceso de formulación de políticas, planes y programas (PPP), en verificar después la realidad de ello y en hacer público el resultado. La integración implica incorporar sensibilidad, conocimiento, criterio y compromiso ambiental al proceso de elaboración de PPP. La verificación comporta dos facetas: comprobar que efectivamente se ha hecho un esfuerzo de integración ambiental en la elaboración del PPP y evaluar el resultado conseguido a través de la identificación, valoración, prevención y seguimiento de los impactos que se producirían en caso de ejecutarse.
1.El concepto y el espíritu de la EAE. 2.La legislación que la regula. 3.Qué es un plan y cómo se hace. 4.Los principios de sostenibilidad y los criterios de integración ambiental. 5.La “lectura” del “entorno” de una política, plan o programa. 6.Integración de los dos puntos anteriores en la elaboración de la política, plan o programa. 7.Elaboración del documento técnico en que se basa la EAE: Informe de Sostenibilidad Ambiental. 8.El proceso de participación pública, consustancial a la EAE. 9. Una serie de técnicas inevitables para realizar las tareas anteriores.
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