Antonio Cano Murcia
Datos técnicos
Los PROCEDIMIENTOS URBANÍSTICOS son el esqueleto que soporta el urbanismo. El contenido sustantivo de sus normas necesita de unos cauces por los que poder desenvolverse hasta llegar a la resolución final.
Con esta GUIA PRÁCTICA DE URBABISMO se pretende poner de manifiesto los distintos procedimientos que imperan en una materia tan compleja y que además ha de ser versátil,
para que los principios programados por las distintas normas autonómicas puedan cumplirse, y que concretamos en la simplificación normativa y la agilización de los procedimientos urbanísticos. No siempre se consigue, y en muchas ocasiones vemos como la declaración de intenciones queda relegada a un segundo plano ante la potente maquinaria burocrática que ignora dichos principios.
Los PROCEDIMIENTOS URBANÍSTICOS, objeto de este libro, nos acercarán a la casuística por la que los operadores urbanísticos han de enfrentarse en su quehacer diario. Secretarios y técnicos de la Administración Local, abogados, profesionales de urbanismo en general encontrarán en este libro una herramienta útil de trabajo.
Junto al contenido sustantivo de las normas urbanísticas, no siempre de fácil entendimiento y comprensión, coexisten en estas toda una retahila de procedimientos administrativos para poder aplicarlas, que no siempre tienen una sistematización ágil, y clara, que eliminen las trabas administrativas versus burocráticas. En definitiva, las normas urbanísticas con carácter
general presentan innumerables grietas que dificultan su aplicación. Si bien es cierto que en todas ellas está de forma omnipresente la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), no es menos cierto que la misma tiene en muchos casos un papel secundario, al imponer las normas urbanísticas y también las sectoriales unos procedimientos distintos, lo cual no tiene por qué ser negativo, salvo que el procedimiento acabe alejándose de los principios que inspirar el buen funcionamiento de la Administración Pública, consagrados en el art. 103.1 de la Constitución española (CE): La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.
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