María Sonsoles Vidal Herrero Vior
Datos técnicos
La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, ya conocida como LOPIVI, ha supuesto el corolario de uno de los compromisos de la Agenda 2030, en su intento de «poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños», entre cuyos objetivos está el de «promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas». La intención del legislador, cuyo principal objetivo es «violencia cero sobre la infancia y la adolescencia», muestra una enorme sensibilidad por la infancia y la adolescencia, queriendo dar respuesta a cualquier forma de violencia ejercida sobre el menor de edad. Algo sin duda esperanzador, pues nadie, y menos aun los más indefensos, pueden ser objeto de agresión por mínima que sea.
Esta obra no pretende en absoluto hacer una crítica a la ley, ni son unos comentarios a la misma, sino analizar desde la perspectiva jurídica, criminológica y publicitaria las modificaciones que introduce en sus Disposiciones Finales y que afectan a otros cuerpos normativos, como es el civil, el penal, el procesal o el publicitario, enriquecido por la experiencia profesional de los autores. Y ello lejos de un planteamiento ideológico o político, que dista mucho de lo que es fundamental: la protección del menor de edad frente a la violencia.
PRÓLOGO 13
Antonio García-Pablos de Molina
PRESENTACIÓN 15
Mª Sonsoles Vidal Herrero-Vior
CUESTIONES GENERALES DE LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN INTENGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA 17
Catalina-Gabriela Gamazo Olaguíbel
Miryam Menéndez de Llano Casa
Cristina Ramírez Sañudo
I. Génesis y contenido. 17
II. Razón de ser de la ley: compromisos internacionales y relevancia de la materia. 18
III. Conexión con los derechos humanos y el interés superior del menor. 20
IV. Ámbito objetivo: protección integral, violencia y buen trato. 22
V. Ámbito subjetivo: menores de edad y personas obligadas. 24
CAPÍTULO I
LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS EN LA PROTECCIÓN DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA: MEDIDAS DE INTERVENCIÓN, NIVELES DE ACTUACIÓN Y PROCEDIMIENTOS 27
Ana Isabel Berrocal Lanzarot
I. Introducción. 27
II. Ámbito de aplicación subjetivo, objetivo y fines de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia. 36
III. Derechos de los niños, niñas y adolescentes frente a la violencia. 41
IV. Niveles y ámbitos de actuación de las Administraciones Públicas. 51
V. Referencias bibliográficas. 111
CAPÍTULO II
ENTORNOS SEGUROS DE ACTUACIÓN Y OBLIGACIONES EN LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS MENORES Y ADOLESCENTES FRENTE A LA VIOLENCIA. UNA ESPECIAL REFERENCIA AL ÁMBITO FAMILIAR 115
Ana Isabel Berrocal Lanzarot
I. Consideraciones previas. 115
II. Entornos seguros de actuación. 116
III. Obligaciones y deberes de las Administraciones Públicas. 157
IV. Referencias bibliográficas. 165
CAPÍTULO III
PROYECCIÓN CRIMINOLÓGICA Y JURÍDICO-PENAL DE LA PROMOCIÓN DEL SUICIDIO, LA AUTOLESIÓN Y LOS TRASTORNOS ALIMENTARIOS DE MENORES DE EDAD 171
Mª Sonsoles Vidal Herrero-Vior
I. Introducción. 171
II. La salud mental en la infancia y la adolescencia, una preocupación compartida a escala internacional. 174
III. El suicidio en la infancia y la adolescencia, una cruda realidad. 176
IV. Conductas autolesivas en la infancia y la adolescencia. 186
V. Los trastornos alimentarios en la infancia y la adolescencia. 191
VI. Promoción, fomento, facilitación o incitación al suicidio, a la autolesión y al trastorno alimentario de menores de edad a través de la tecnología. 196
VII. Prevención del suicidio, la autolesión y los trastornos alimentarios a través de la tecnología en la infancia y la adolescencia. 204
VIII. Conclusiones. 207
IX. Referencias bibliográficas. 209
CAPÍTULO IV
EL DERECHO PROCESAL AL SERVICIO DE LAS VÍCTIMAS, LOS MENORES Y LAS PERSONAS NECESITADAS DE ESPECIAL PROTECCIÓN. MODIFICACIONES PROCESALES EN LA LECRIM POR LA LEY 8/2021 215
Álvaro Vidal Herrero
I. Introducción. 215
II. La prueba preconstituida del artículo 449.bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y la declaración del menor en el juicio oral. 216
III. Personación de víctimas del delito para el ejercicio de la acción penal o de perjudicados para la acción civil de los arts. 109 y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 226
IV. Limitaciones a la exención de la obligación de denuncia del artículo 261 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 229
V. Limitaciones a la dispensa de la obligación de declarar como testigos de los parientes de art. 416.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 231
VI. Las órdenes de protección del artículo 544.ter, apartados 6 y 8 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. 240
VII. Referencias bibliográficas. 248
CAPÍTULO V
TUTELA PENAL Y CRIMINOLÓGICA DEL ABUSO Y AGRESION SEXUAL A MENORES DE DIECISEIS AÑOS EN LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 JUNIO, DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA 249
Fernando Santa Cecilia García
I. Introducción y bien jurídico. 249
II. Diferentes tipos penales. 254
III. Disposiciones comunes y complementarias. 268
IV. Valoración criminológica y político-criminal. 281
V. Valoración final. 290
VI. Bibliografía. 291
CAPÍTULO VI
VARIACIONES LEGALES EN MATERIA PUNITIVA EN EL CODIGO PENAL INTRODUCIDAS POR LA LEY ORGÁNICA 8/2021, DE 4 DE JUNIO, DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y A LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA 297
Carmen Yolanda Valero Fernández
I. Introducción. 297
II. Finalidad de la pena. 300
III. Modificaciones punitivas introducidas por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, en el Código Penal. 301
IV. La prescripción, tras la modificación sufrida por la LOPIVI, en el Código Penal. 329
V. Registro central de delincuentes sexuales y de información sobre violencia contra la infancia. 330
VI. Conclusiones. 332
VII. Referencias bibliográficas. 335
CAPÍTULO VII
SEXUALIZACIÓN, OBJETIVIZACIÓN Y ESTEREOTIPOS EN LA LOPIVI ¿PUEDE LA LEY PROTEGER AL MENOR EN LA ERA DIGITAL? 339
Carmen Llovet Rodríguez
Ana Pérez Escoda
Gemma Barón Dulce
I. Introducción. 339
II. Regulación de la publicidad comercial dirigida al menor de edad en España, 341
III. Publicidad que coadyuva a generar cualquier forma de violencia. 347
IV. Publicidad que atenta contra la dignidad de la persona, en especial la que vulnera los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española. 351
V. Estereotipos de carácter sexista, racista, estético, homofóbico o transfóbico, o por razones de discapacidad. 356
VI. Conclusiones y recomendaciones. 359
VII. Referencias bibliográficas. 361
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