Llorente Sánchez-arjona, Mercedes / Calaza López, Sonia
Datos técnicos
La Administración de Justicia se ha visto arrollada por la pandemia: bien es cierto que contaba con una tímida legislación en materia de digitalización -concretamente, la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las Tecnologías de la información y comunicación en la Administración de Justicia- pero esta normativa -resulta obvio- no fue suficiente para que, con el primer confinamiento del malogrado estado de alarma, se viera obligada, nada menos que a “cerrar sus puertas” -a excepción de algunos servicios esenciales- con suspensión, incluso, de los plazos procesales.
La digitalización de la Administración Justicia -que, antes de ese fatídico momento, avanzaba a paso lento, pero seguro, por contraste al resto de Administraciones públicas- se convirtió, de pronto, en una prioridad. Doctrina, Legislación y Jurisprudencia aunamos fuerzas, con todo compromiso, en este gran desafío común -de inmediata digitalización de la Justicia- y comenzaron a multiplicarse un buen número de estudios dogmáticos sobre la afectación de la digitalización de las actuaciones judiciales en los derechos y garantías procesales de los ciudadanos, al tiempo que se afrontó la regulación urgente de la digitalización de las actuaciones judiciales y se desarrollaron códigos de buenas prácticas para iluminar la actividad jurisdiccional conforme a unas primeras -e incipientes- pautas de actuación digital.
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