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El delito de tráfico de drogas: análisis detallado y nueva perspectiva | 9788413881102 | Portada

EL DELITO DE TRáFICO DE DROGAS: ANáLISIS DETALLADO Y NUEVA PERSPECTIVA

Molina Mansilla, María del Carmen.

Precio: 41.60€

Oferta: 39.52€ (-5%)

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Datos técnicos

  • ISBN 9788413881102
  • Año Edición 2022
  • Páginas 308
  • Encuadernación Tapa Blanda
  • Idioma Español
 

Sinopsis

La presente monografía acomete un estudio exhaustivo y actualizado del delito de tráfico de drogas, desde el punto de vista eminentemente práctico, estructurando los tipos penales que lo regulan e insertando su evolución jurisprudencial.

Desde la promulgación de la LO 5/2010, de 22 de junio, que llevó a cabo una profunda reforma en la materia, hasta nuestros días, el Alto Tribunal ha efectuado una gran labor jurisprudencial con el dictado de interesantes resoluciones que tratan, además, modernas figuras como las sociedades cannábicas o las organizaciones delictivas, que se examinan en esta obra.

Asimismo, se incide en otros delitos relacionados con el tráfico de drogas, como el delito de blanqueo de dinero, que ha sido objeto de modificación por el legislador español en el año 2021, así como otras figuras procesales afines al delito, como la circulación y entrega vigilada de paquetes con sustancias tóxicas.

Este texto resulta ameno e instructivo para el estudioso del Derecho, ya que la autora analiza pormenorizadamente la regulación penal del ilícito, con el empleo de cuadros sistemáticos y gráficos, lo que hará, sin duda, una lectura de interés. Asimismo, se incorporan Acuerdos de Pleno No Jurisdiccionales de la Sala Segunda del TS y las Circulares FGE de mayor trascendencia, cuyos contenidos son de uso común en los tribunales.

Índice

El tipo básico en el delito de tráfico de drogas: Art. 368
I. El tipo objetivo: Art. 368 CP
1. Características del tipo penal
2. Requisitos jurisprudenciales para la delimitación del ilícito
II. Bien jurídico protegido
1. Tendencias doctrinales sobre el bien jurídico protegido
2. Tendencias jurisprudenciales sobre el bien jurídico protegido
3. Consideraciones jurisprudenciales actuales sobre el bien jurídico protegido
4. Requisitos jurisprudenciales del bien jurídico protegido
III. Naturaleza jurídica del delito
1. Clasificación de delitos en función de su naturaleza
2. Tendencias doctrinales sobre la naturaleza jurídica del delito de tráfico de drogas
3. Tendencias jurisprudenciales sobre la naturaleza jurídica del delito
4. Consideración jurisprudencial actual sobre la naturaleza del delito de tráfico de drogas
5. Requisitos jurisprudenciales sobre la naturaleza jurídica del delito
IV. Objeto material
1. Tendencias doctrinales sobre el término “droga”
2. Tendencias jurisprudenciales sobre el término “droga”
3. Consideración jurisprudencial actual sobre el término “droga”
4. Requisitos jurisprudenciales sobre el término “droga”
5. Definición de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas
6. Requisitos jurisprudenciales sobre las sustancias recogidas en el art. 368 CP
7. El concepto de “grave daño a la salud”
Requisitos jurisprudenciales para considerar las sustancias que causan “grave daño a la salud”
8. El informe pericial
A) Análisis de un informe pericial
B) Informe pericial sobre la riqueza de la sustancia
C) Carencia de datos relevantes en el informe pericial
D) Impugnación de informes periciales
V. Acción típica
1. La acción típica en el delito de tráfico de drogas
2. Requisitos jurisprudenciales de la acción típica
3. Consideración personal sobre la acción típica
4. Análisis de los actos típicos
A) Actos de cultivo
B) Actos de elaboración
C) Actos de tráfico
5. O de otro modo
6. Promover, favorecer o facilitar
A) Promover
B) Favorecer
C) Facilitar
7. Consumo ilegal
8. Las posean con aquellos fines. Posesión preordenada para el tráfico
A) Finalidad de difusión
B) Posesión de drogas
C) Posesión preordenada para el tráfico
D) Prueba indiciaria en la posesión destinada al tráfico
E) Posesión de varias sustancias: La regla de la convertibilidad
F) Formas atípicas de posesión
VI. Iter criminis
1. Formas de resolución manifiesta: Provocación, conspiración y proposición en el delito de tráfico de drogas. Art. 373
A) Las formas de resolución manifiesta en la parte general del Código Penal. Arts. 17 y 18
B) Las formas de resolución manifiesta en el delito de tráfico de drogas. Art. 373 CP
2. Los grados de ejecución: Tentativa y consumación en el delito de tráfico de drogas
A) Grados imperfectos de ejecución
B) El delito imposible
C) Perfección delictiva: Consumación y agotamiento del delito
VII. Formas de participación: autoría y participación
1. Autoría y coautoría
A) Autoría
B) Coautoría
2. Formas de participación: Cooperación necesaria, complicidad, inducción y encubrimiento
A) Cooperación necesaria
B) Complicidad
C) Diferencia entre autoría, cooperación necesaria y complicidad
D) Supuestos diferenciadores entre autoría, cooperación necesaria y complicidad
E) Inducción
F) Encubrimiento
3. Supuestos de convivencia en el delito de tráfico de drogas
Requisitos jurisprudenciales para admitir la tipicidad en supuestos de convivencia
VIII. Tipo subjetivo
Requisitos jurisprudenciales sobre el tipo subjetivo
IX. El error
Requisitos jurisprudenciales sobre el error
X. Penalidad
1. La pena en el art. 368 CP
Requisitos jurisprudenciales sobre el tipo atenuado
2. Individualización judicial de la pena
Requisitos jurisprudenciales para la individualización de la pena
3. Circunstancias modificativas o exonerativas de la responsabilidad criminal: Eximentes y atenuante simple. Arts. 20 y 21 CP
A) Requisitos jurisprudenciales para aceptar las circunstancias modificativas o exonerativas de la responsabilidad criminal
B) Circunstancias eximentes completas: Art. 20.2 CP
C) Circunstancias eximentes incompletas: Art. 21.1 CP
D) La atenuante simple: Art. 21.2 CP
E) La prueba pericial en la determinación de las circunstancias modificativas o exonerativas de la responsabilidad criminal
4. La individualización judicial de la pena conforme a la modificación producida por la LO 5/2010, de 22 de junio


Los tipos agravados: Arts. 369 y 369 bis
I. Fundamento de los tipos agravados
II. Art. 369.1.ª: El culpable fuere autoridad, funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador y obrase en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio
III. Art. 369.2.ª: El culpable participare en otras actividades organizadas o cuya ejecución se vea facilitada por la comisión del delito
IV. Art. 369.3.ª: Los hechos fueren realizados en establecimiento abierto al público por los responsables o empleados de los mismos
Requisitos jurisprudenciales para aplicar la agravación por tráfico en establecimiento abierto al público
V. Art. 369.4.ª: Las sustancias a que se refiere el artículo anterior se faciliten a menores de 18 años, a disminuidos psíquicos o a personas sometidas a tratamiento de deshabituación o rehabilitación
1. Facilitación a menores de 18 años
2. Facilitación a disminuidos psíquicos
3. Facilitación a personas sometidas a tratamiento de deshabituación o rehabilitación
4. Requisitos jurisprudenciales para la aplicación del art. 369.4.ª
VI. Art. 369.5.ª: Fuere de notoria importancia la cantidad de las citadas sustancias objeto de las conductas a que se refiere el apartado anterior
1. La determinación de la cantidad de notoria importancia: Acuerdo del Pleno No Jurisdiccional de octubre de 2001
2. Requisitos jurisprudenciales sobre la cantidad de notoria importancia
VII. Art. 369.6.ª: Las referidas sustancias se adulteren, manipulen o mezclen entre sí o con otras, incrementando el posible daño a la salud
VIII. Art. 369.7.ª: Las conductas descritas en el artículo anterior tengan lugar en centros docentes, en centros, establecimientos o unidades militares, en establecimientos penitenciarios o en centros de deshabituación o rehabilitación, o en sus proximidades
1. Cuando las conductas tengan lugar en centros docentes
2. Cuando las conductas tengan lugar en establecimientos o unidades militares
3. Cuando las conductas tengan lugar en establecimientos penitenciarios
Requisitos jurisprudenciales para la realización de estas conductas en centros penitenciarios
4. Cuando las conductas tengan lugar en centros de deshabituación o rehabilitación
IX. Art. 369.8.ª: El culpable empleare violencia o exhibiere o hiciese uso de armas para cometer el hecho
1. Agravación para el caso de pertenencia a organización delictiva
2. Requisitos jurisprudenciales sobre el término organización


El tipo hiperagravado: Art. 370
I. Cuando se utilice a menores de 18 años o a disminuidos psíquicos para cometer estos delitos: Art. 370.1.º
Requisitos jurisprudenciales para aplicar el art. 370.1.º CP
II. Cuando se trate de los jefes, administradores o encargados de las organizaciones a que se refiere la circunstancia segunda del art. 369 CP: Art. 370.2.º
Requisitos jurisprudenciales para aplicar el art. 370.2.º CP
III. Cuando las conductas sean de extrema gravedad: Art. 370.3.º
1. Cuando la cantidad exceda notablemente de la considerada de notoria importancia
2. Utilización de buques, embarcaciones o aeronaves como medio de transporte específico de la droga
3. Simulación de operaciones de comercio internacional entre empresas
4. Se trate de redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades
5. Concurrencia de tres o más circunstancias del art. 369 CP
6. Requisitos jurisprudenciales para aplicar el art. 370.3.º CP
IV. Penalidad
Multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito (supuestos del art. 370.2.º y 3.º)


El tráfico de precursores: Art. 371
I. Art. 371.1: Modalidad básica
Requisitos jurisprudenciales para castigar la tenencia de precursores
II. Art. 371.2: Modalidad agravada
III. Penalidad
1. Tipo básico: Art. 371.1 CP
2. Modalidad agravada: Art. 371.2 CP


La inhabilitación: Art. 372
I. Aplicación de la inhabilitación .
Requisitos jurisprudenciales para la aplicación de la inhabilitación
II. Penalidad


El decomiso: Art. 374
I. Art. 374 CP: El decomiso
II. La cadena de custodia de la droga incautada
III. Art. 367 quáter LECrim: Enajenación de los bienes decomisados antes de la finalización del procedimiento
IV. Requisitos jurisprudenciales para aplicar el decomiso


La internacionalidad de la sentencia: Art. 375
I. La internacionalidad de la sentencia
II. Requisitos jurisprudenciales sobre la reincidencia internacional


El arrepentimiento activo: Art. 376
I. El arrepentimiento activo: Art. 376.1 CP, atenuantes por colaboración, confesión y desistimiento voluntario
1. Requisitos jurisprudenciales para la aplicación de la figura del arrepentimiento activo del art. 376 CP
2. Las atenuantes por colaboración y confesión del art. 21 CP
A) La atenuante simple por arrepentimiento o confesión: Art. 21.4.ª CP
B) La atenuante analógica de colaboración: art. 21.7.ª CP
3. El desistimiento voluntario del art. 16 CP
4. Comparación entre las figuras de confesión o colaboración
II. Atenuante por deshabituación del art. 376.2 CP
1. Requisitos jurisprudenciales para la aplicación de la atenuante por deshabituación
2. Suspensión condicional de la pena para toxicómanos: Art. 80.5 CP
3. Comparación entre la atenuación por deshabituación del art. 376.2 CP y la suspensión condicional del art. 80.5 CP


La multa: Art. 377
I. La multa en el tráfico de drogas
Requisitos jurisprudenciales para aplicar la pena de multa
II. Fijación del precio final de la droga


La prelación en el orden de pagos: Art. 378
Prelación en el orden de pagos derivados de las responsabilidades pecuniarias


El delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico: Arts. 301 a 304
I. Art. 301.1 CP: El delito de blanqueo de capitales
Requisitos jurisprudenciales sobre el blanqueo de capitales
II. Agravaciones penales
1. Art. 301.1, párrafo segundo, CP: El delito de blanqueo de capitales procedente del narcotráfico
2. Art. 301.1, párrafo tercero, CP: Blanqueo de capitales procedentes de otros delitos
3. Art. 302.1 CP: Blanqueo de capitales por pertenencia del sujeto
4. Requisitos jurisprudenciales sobre las agravaciones en el delito de blanqueo de capitales
III. Personas jurídicas


Mecanismos procesales de investigación aplicables al delito de tráfico de drogas
I. Art. 263 bis LECrim: Circulación y entrega vigilada
1. Art. 263 bis.1 LECrim: El juez de instrucción competente y el ministerio fiscal, así como los jefes de las unidades orgánicas de Policía Judicial, centrales o de ámbito provincial y sus mandos superiores podrán autorizar la circulación o entrega vigilada por resolución fundada
2. Art. 263 bis.2 LECrim: Técnica de la circulación y entrega vigilada
3. Art. 263 bis.3 LECrim: El recurso a la entrega vigilada se hará caso por caso y se adecuará a tratados internacionales
4. Art. 263 bis.4 LECrim: Interceptación y apertura de envíos postales sospechosos de contener estupefacientes
5. Requisitos jurisprudenciales para acordar la circulación y entrega vigilada
II. Régimen de apertura de paquetes
1. Protocolo de actuación policial para apertura de paquetes
2. Requisitos jurisprudenciales sobre la apertura de paquetes
III. Art. 282 bis LECrim: El agente encubierto
1. Art. 282 bis.1 LECrim: Cuando las investigaciones afecten a actividades de la delincuencia organizada
2. Art. 282 bis.3 LECrim: Cuando las actuaciones de investigación puedan afectar a los derechos fundamentales
3. Art. 282 bis.5 LECrim: Exención de responsabilidad penal del agente encubierto
IV. El agente provocador y el delito provocado
1. El agente provocador
2. El delito provocado
3. Requisitos jurisprudenciales sobre el delito provocado
V. Diferencias entre el agente encubierto y el delito provocado
VI. Sistemática de actuación en el procedimiento penal para el delito de tráfico de drogas


Cooperación judicial y policial en el espacio de libertad, seguridad y justicia
I. Instrumentos de reconocimiento mutuo
1. Convenio de Asistencia Judicial Europeo en Materia Penal, hecho en Bruselas el 29 de mayo de 2000
2. Orden de detención y entrega europea
3. Instrumentos de reconocimiento mutuo
II. Estructuras de cooperación
1. Red Judicial Europea
2. Eurojust
3. Europol


Acuerdos del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en materia de tráfico de drogas

Circulares de la Fiscalía General del Estado en materia de tráfico de drogas

Apéndice: La persona jurídica como responsable del delito de tráfico de drogas
I. Panorama nacional tras la reforma de la LO 1/2015, de 30 de marzo
Modificaciones efectuadas por la LO 1/2015: Líneas generales de la reforma
II. Requisitos básicos de la imputación de la responsabilidad penal de los entes colectivos
Punto de inicio de la responsabilidad criminal de las personas jurídicas
III. Catálogo de delitos imputables a las personas jurídicas
IV. Inaplicación del contenido del art. 31 bis.1 CP
V. Catálogo de penas previstas para las personas jurídicas
VI. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal en las personas jurídicas
VII. Extinción de la responsabilidad penal


Bibliografía

Anexos

 

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