Jiménez Serranía, Vanessa
Datos técnicos
El término gestión colectiva hace referencia a aquellas formas de ejercicio conjunto de los derechos de autor y derechos conexos, cuando existen aspectos verdaderamente colectivizados (condiciones uniformes de concesión de licencias, normas de recaudación, normas de reparto de beneficios entre los asociados, etc.), respaldados por una comunidad organizada de acuerdo con unas reglas legales y estatutarias, y cuando esta organización realiza otras actividades o servicios de carácter asistencial o de formación y promoción para sus socios que van más allá del mero cumplimiento de las tareas de gestión de derechos.
Este sistema de gestión colectiva ofrece importantes ventajas no sólo a los titulares de derechos sino a los usuarios comerciales. No obstante, a pesar de ello, en numerosas ocasiones, las entidades de gestión colectiva, bien aprovechando su posición de monopolio natural (o, en ocasiones, legal) en un mercado bilateral, bien como consecuencia de ciertas condiciones establecidas en los acuerdos de reciprocidad entre ellas, han incurrido en importantes infracciones del derecho de la competencia.
Estas conductas, unidas al desarrollo exponencial de los nuevos canales de explotación y acceso a las obras debido a las nuevas tecnologías, han generado, en los últimos años, fuertes reacciones contra esta figura, tanto a nivel jurisprudencial como legislativo.
No obstante, estas soluciones adoptadas tanto a nivel europeo como nacional no parecen ser las opciones más adecuadas, puesto que no tiene en cuenta importantes aspectos tanto jurídicos como económicos que configuran la gestión colectiva y hacen peligrar el equilibrio logrado en un sistema que, pese a todo, es eficiente y protector de la diversidad cultural.
Prólogo
Agradecimientos
Capítulo I. Introducción
Capítulo II. Breve estudio de figura de la gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual
I. La gestión de derechos de propiedad intelectual
II. Las entidades de gestión colectiva
III. Otras figuras de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual: los operadores de gestión independientes
IV. GESTIÓN COLECTIVA OBLIGATORIA Y GESTIÓN COLECTIVA EXTENDIDA
Capítulo III. La aprehensión “clásica” desde el derecho de la competencia de la gestión colectiva
I. Cuestiones preliminares
II. El abuso de posición dominante y las entidades de gestión colectiva
III. Las prácticas colusorias y las entidades de gestión colectiva
Capítulo IV. La reconfiguración de la gestión colectiva por el legislador
I. La gestión colectiva en la era digital: viejos problemas ¿nuevas soluciones?
II. La larga marcha hacia las nuevas fórmulas de licencias multiterritoriales nivel europeo
III. La Directiva 2014/26/UE (LCEur 2014, 439) y sus repercusiones: Especial referencia al ordenamiento español.
Capítulo V. Reflexiones sobre la figura de la gestión colectiva en la actualidad: la necesidad de introducir ciertos puntos de inflexión
I. Posibles puntos de inflexión en la aprehensión a la figura de las entidades de gestión colectiva por las autoridades de competencia
II. Aspectos para la reflexión en el panorama post-directiva 2014/26/UE (LCEur 2014, 439).
Bibliografía
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