Loscertales Fuertes, Daniel.
Datos técnicos
Aunque hay bastantes pisos en alquiler y tienen su propia normativa (ver la 11ª Edición del mismo autor sobre la LAU), la mayor parte de los ciudadanos viven en Comunidades de Propietarios, lo que lleva consigo una obligada relación y la búsqueda del consenso necesario en todos los aspectos.
En tal sentido, Daniel Loscertales Fuertes es el autor que más ha publicado y la máxima referencia jurídica sobre el tema, son ya 13 ediciones, aunque sea la 1ª en Dykinson, y pone al día todos los aspectos de la normativa legal, que obviamente deben tener muy en cuenta las Comunidades de Propietarios y Urbanizaciones, especialmente los profesionales que les asesoran, pues los intereses de todos los comuneros deben congeniar y obtener siempre las mayorías necesarias en las Juntas para que los servicios comunes funcionen.
Esta Edición contempla también las modificaciones del RDLEY 7/2019, entre ellas, como novedad importante, el quórum necesario en la Junta de Propietarios para prohibir, limitar o poner condiciones en los pisos que se alquilan como “turísticos”, así como la necesidad de inscripción de éste y de otros acuerdos en el Registro de la Propiedad.
Como Anexo figura una explicación concreta para cada tipo de acuerdos de a Junta, así como un modelo de Acta que contempla todas las situaciones que la propia Ley establece. Esto hace, sin duda, que esta 13ª edición sea la más completa de todas las anteriores.
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1
Artículo 2
Capítulo II. Del régimen de la propiedad por pisos o locales
Artículo 3
Artículo 4
Artículo 5
Artículo 6
Artículo 7
Artículo 8
Artículo 9
Artículo 10
Artículo 11
Artículo 12
Artículo 13
Artículo 14
Artículo 15
Artículo 16
Artículo 17
Artículo 18
Artículo 19
Artículo 20
Artículo 21
Artículo 22
Artículo 23
CAPÍTULO III. Del régimen de los complejos inmobiliarios privados
Artículo 24
Disposición Adicional Única, apdo. 1, de la Ley 8/1999
Disposición Adicional Única, apdo. 2, de la Ley 8/1999
Disposición Final Única de la Ley 8/1999
ANEXO. Requisitos y quórum, para los acuerdos junta de propietarios
Art. 9.1 e) ACUERDO PARA FIJAR EL PRESPUESTO Y CUOTAS
Art. 9.1 f ) ACUERDO PARA EL FONDO DE RESERVA
Art. 10.2 a) OBRAS E INSTALACIONES DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
Art. 10.3 b) OBRAS E INSTALACIONES ESPECIALES Y EN SU CASO UNIR Y SEPARAR DOS VIVIENDAS O LOCALES
Art. 13. NOMBRAMIENTO PRESIDENTE, JUNTA DIRECTIVA Y SECRETARIO-ADMINISTRADOR
Art. 17.1. SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN
Art. 17.2. INSTALACIÓN ASCENSORES O MEDIOS DE ACCESIBILIDAD
Art. 17.3. SUPRESIÓN O CREACIÓN SERVICIOS COMUNES
Art. 17.4. NUEVAS INSTALACIONES O SERVICIOS
Art. 17.5. INSTALACIÓN ELÉCTRICA PARA CARGA DE VEHÍCULOS
Art. 17.6. MODIFICACIÓN DEL TÍTULO
Art. 17.7. ACUERDOS DE SIMPLE MAYORÍA
Art. 17.12. PROHIBICIÓN O LIMITACIÓN, CONDICIONAR Y AUMENTAR LA CUOTA EN LOS ARRENDAMIENTOS APARTAMENTOS TURÍSTICOS, CON POSIBILIDAD DE INCREMENTO DE CUOTA
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