Carlos L. Alfonso Mellado. Gemma Fabregat Monfort
Datos técnicos
El Gobierno ha aprobado el 17 de marzo y se publica en el BOE en el día de hoy, 18 de marzo, el RDL 8/2020, con medidas especiales en el ámbito laboral, en atención al estado de alarma que en su momento se decretó.El RDL contiene medidas muy importantes en el ámbito económico, social y laboral.En concreto, las medidas adoptadas en este Real Decreto-Ley están orientadas a un triple objetivo. Primero, reforzar la protección de los trabajadores, las familias y los colectivos vulnerables; segundo, apoyar la continuidad en la actividad productiva y el mantenimiento del empleo; y tercero, reforzar la lucha contra la enfermedad. Se trata, pues, de hacer frente a las consecuencias del coronavirus COVID-19, frenando su impacto económico y social pero también manteniendo la actividad productiva en lo posible o las posibilidades de una rápida recuperación de la misma, superada la situación crítica que se vive en nuestra sociedad. Entre ellas en el ámbito social destacamos ayudas a sectores vulnerables y medidas en relación con los trabajadores autónomos, entre las que, además de que podrán verse afectados por las medidas laborales en cuanto sean empleadores, se destaca también una prestación extraordinaria por cese de actividad.
INTRODUCCIÓN
1. VIGENCIA DE LAS DISPOSICIONES DEL RDL
3. ERTE POR FUERZA MAYOR
4. OTROS ERTES DERIVADOS DE LA SITUACIÓN
7. AUTÓNOMOS
8. OTRAS MEDIDAS Y PLAZOS
9. ANEXO LEGISLATIVO
10. FORMULARIOS
11. PREGUNTAS Y RESPUESTAS
2024 © Vuestros Libros Siglo XXI | Desarrollo Web Factor Ideas