GARCIA BARTOLOME DAVID
Datos técnicos
TRAS LA APROBACION DE LA LEY 22/2003 DE 9 DE JULIO CONCURSAL UNA PARTE IMPORTANTE DE LA DOCTRINA CRITICABA DURAMENTE QUE EL LEGISLADOR NO HUBIERA INTRODUCIDO NINGUN MECANISMO PREVENTIVO DE LA DECLARACION JUDICIAL DE CONCURSO. SIN EMBARGO EN EL AÑO 2009 EN PLENA SITUACION DE CRISIS ECONOMICA Y FINANCIERA EL LEGISLADOR SE VIO OBLIGADO A REFORMAR LA LEY CONCURSAL MEDIANTE LA PROMULGACION DEL REAL DECRETO-LEY 3/2009 NORMA QUE INTRODUJO ENTRE OTROS EL PARADIGMATICO ARTICULO 5.3 DE LA LEY CONCURSAL CUYA REDACCION DEJO ENTREVER DE ALGUN MODO UN POTENCIAL MECANISMO PREVENTIVO DEL CONCURSO AL QUE IMPROPIAMENTE SE CONOCE COMO EXPEDIENTE DE PRECONCURSO. AQUEL PRIMITIVO PRECEPTO FUE DEROGADO CON LA REFORMA DE 2011 (LEY 38/2011 DE 10 DE OCTUBRE) QUE VINO A INTRODUCIR EL ARTICULO 5 BIS CUYO CONTENIDO MEJORO Y COMPLETO LA PARCA REDACCION ANTERIOR. LA REFORMA DE 2011 Y LAS SUCESIVAS REFORMAS CONCURSALES ACOMETIDAS EN LOS AÑOS 2013 2014 Y 2015 DEMOSTRARON QUE EL ARTICULO 5 BIS NO ERA UNA “MERA COMUNICACION PRIVADA AL JUZGADO” SINO QUE EN PURIDAD SE TRATABA DE UN SINGULAR EXPEDIENTE PREVENTIVO DEL CONCURSO. NO EXISTEN APENAS OBRAS DEDICADAS EXCLUSIVAMENTE AL ESTUDIO SISTEMATICO Y PORMENORIZADO DE LA DENOMINADA “COMUNICACION DEL INICIO DE NEGOCIACIONES” NO OBSTANTE ES CIERTO QUE EXISTEN MERITORIOS TRABAJOS QUE ABORDAN LA INSTITUCION AUNQUE NO DESDE UN PUNTO DE VISTA PROCESAL Y CON LA PROFUNDIDAD QUE ESTA MONOGRAFIA LO HACE. EL PRESENTE TRABAJO OFRECE DESDE UNA PERSPECTIVA PROCESAL UN NOVEDOSO ESTUDIO EN EL QUE SE ABORDA EXHAUSTIVAMENTE EL VIGENTE REGIMEN LEGAL DEL PRECONCURSO (ART. 5 BIS LC). DICHO TRABAJO SE PRESENTA COMO UNA OBRA IMPRESCINDIBLE PARA ENTENDER Y CONOCER LA REGULACION EL ALCANCE Y LA VERDADERA NATURALEZA JURIDICA DEL PRECONCURSO.
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