Peiró Martínez de la Riva, Santiago.
Datos técnicos
La Tasa municipal por utilización privativa o aprovechamientos especiales de las empresas explotadoras de servicios de suministros -coloquialmente conocida como Tasa del 1,5- es un tributo que ostenta una larga trayectoria entre los recursos de las Haciendas Locales. No obstante, la liberalización de los mercados energéticos y de los servicios de telecomunicaciones impulsada desde las instituciones europeas, junto al avance tecnológico de estos últimos, ha producido un notable aumento de la litigiosidad en la gestión e inspección del gravamen.
En este sentido, la Sentencia del Tribunal de justicia de la Unión Europea de 12 de julio de 2012, así como las numerosísimas Sentencias del Tribunal Supremo dictadas en consecuencia, si bien se refieren a la telefonía móvil, están teniendo una gran incidencia en el ámbito de las comunicaciones fijas.
El presente trabajo es fruto de la experiencia que en estos avatares ha compartido su autor con los integrantes del Grupo Operativo de Telecomunicaciones y tros Sectores Estratéticos (GOTYSE) de la Inspección Tributaria del Ayuntamiento de Madrid. No pretende, por tanto, ser doctrinalmente exhaustivo en el estudio de esta singular figura impositiva, sino aportar un acercamiento a la problemática actual de la Tasa, necesitada de cambios legislativos que la adapten al nuevo marco normativo y jurisprudencial que la conforman.
I. ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN HISTÓRICA HASTA LA LEY 39/1988, REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES
II. LA LEY 39/1988, REGULADORA DE LAS HACIENDAS LOCALES
III. LA LIBERALIZACIÓN DE LOS MERCADOS Y LA TASA DEL 1,5
IV. EL HECHO IMPONIBLE
V. EL SUJETO PASIVO
VI. LA BASE IMPONIBLE
VII. COMPATIBILIDAD CON OTROS TRIBUTOS
VIII. CONCLUSIONES
ANEXO I
ANEXO II
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